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USUARIOS El artículo 129 de la ley 65-00 establece un listado meramente enunciativo de posibles usuarios que realicen actos de comunicación al público, y cita a los teatros, cines, salas de conciertos o baile, bares, clubes de cualquier naturaleza, estadios, parques, circos, restaurantes, hoteles, establecimiento comerciales, bancarios e industriales y, en fin, dondequiera que se interpretes o ejecuten obras musicales... Algunas de las empresas que han obtenido la licencia de la SODINPRO y por ende han cumplido con la obligación establecida en la ley 65-00 referente a la comunicación pública de Fonogramas Publicados con Comerciales son las siguientes:
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